
Ética del detective privadoLa ética del detective privado viene marcada por las siguientes características: Independencia:Actuará con toda libertad e independencia, sin otras limitaciones que las impuestas por la ley o por las normas éticas, siendo esta forma de actuar la garantía de objetividad en el desarrollo de las investigaciones que le encomienden sus clientes. Honestidad:Debe ser veraz, leal y diligente en el ejercicio de sus funciones y en la relación con sus clientes, colegas y administraciones públicas, observando la mayor cortesía y evitando con las mismas posiciones de conflictos. Dignidad:Debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión, evitando todo comportamiento que suponga infracción o descrédito. Carácter reservado de la investigación:El detective privado tiene el derecho y el deber de guardar secreto profesional de todos los hechos e informaciones que conozca por razón de su actuación profesional. Legalidad:El compromiso con la búsqueda de la veracidad obliga al detective privado a informar únicamente sobre hechos de los cuales conoce su origen y obtenidos en su caso, a través de medios materiales o técnicos que no podrán atentar contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones. Veracidad:La veracidad de la información aportada por el detective privado en sus investigaciones para con su cliente y ante la administración de justicia, ampara su libertad de expresión y el deber de ratificación, que deberán ser ejercidos de forma responsable. Función social:El detective privado como participe en la función pública en colaboración con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, así como con la administración de justicia, orientará sus actuaciones al servicio de la sociedad, en la verdad y la justicia. |

